Objeto social

 ARTÍCULO PRIMERO. NOMBRE. La red que se crea se denominará Red Regional de Semilleros de Investigación RREDSI, Eje Cafetero y Valle del Cauca.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. NATURALEZA. La RREDSI es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, organizada bajo las leyes de la república de Colombia y regida por ellas.

 

ARTÍCULO TERCERO. DOMICILIO. Queda determinado por el domicilio del coordinador elegido en asamblea.

 

ARTÍCULO CUARTO. OBJETO SOCIAL. La Red se constituye exclusivamente con el objeto de incentivar la investigación de carácter formativa en las Instituciones de Educación Superior del Eje Cafetero y Valle del Cauca, para desarrollar las siguientes actividades:

 

  1. Promover la investigación en los estudiantes de las Instituciones Educativas.
  2. Articular esfuerzos entre las Instituciones Educativas para fortalecer el ejercicio investigativo en la región.
  3. Impulsar actividades investigativas que generen una mayor competitividad en la región con el apoyo de procesos innovadores en la comunidad estudiantil.
  4. Fomento y desarrollo de la investigación de la ciencia, tecnología e innovación científica y tecnológica en la comunidad académica.
  5. Propiciar espacios        de       intercambio   de       conocimientos         entre   las       diferentes instituciones de la región.

 

PARÁGRAFO 1. La Red cumplirá los objetivos para los cuales se constituye, mediante la articulación del ejercicio académico a partir de procesos investigativos y el fortalecimiento de las diferentes Instituciones Educativas que la conforman.

 

PARÁGRAFO 2. Para cumplir su objeto social, la RREDSI realizará eventos de carácter local, regional, nacional e internacional que permitan el intercambio de conocimientos entre la comunidad académica de las instituciones que la conforman, articulando esfuerzos en procura del desarrollo de la región y del país.

 

ARTÍCULO QUINTO. DURACIÓN. La red tendrá duración indefinida y sólo podrá disolverse por ausencia de las instituciones educativas que lo conforman, como mínimo deben permanecer activas cinco (5) instituciones participantes que son quienes conforman la junta directiva. En el momento en que tomen la decisión de disolver la Red, se distribuirán los recursos financieros con los que cuente por partes iguales, entre las Instituciones que se encuentren vigentes al momento de tomar dicha decisión.

 

ARTÍCULO SEXTO. RECURSOS. Los aportes de la red lo componen las sumas de dinero que las instituciones participantes contribuyan como financiación de los diferentes eventos y cuyo dinero estará destinado a cumplir con el objeto social para la cual fue creada.